Debe observarse el Art. 28 del Reglamento de Prácticas Preprofesionales, Pasantías, Ayudantías de Cátedra o de Investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo, en el cual se indica que: “La ayudantía de cátedra o de investigación no podrá superar dos períodos académicos secuenciales, bajo la figura de prácticas preprofesionales. De ser el caso, el profesor de la asignatura o el director del proyecto de investigación, deberá   solicitar   al   Director   de   Carrera   la   continuación    del    estudiante como ayudante de cátedra o de investigación durante el período de vigencia de la convocatoria, siempre que el estudiante mantenga el cumplimiento de los requisitos a) y d) establecidos en el Art. 26 del presente reglamento”. Art 26: a) Certificado de ser estudiante regular y tener aprobadas todas las asignaturas hasta cuarto nivel de la carrera, y no estar cursando asignaturas con segunda o tercera matrícula en nivel de la matrícula vigente; d) No haber sido sancionado disciplinariamente en su vida estudiantil, en la Universidad Nacional de Chimborazo (este certificado será gestionado por el Subdecanato en la Secretaría General y se incorporará directamente en el expediente)

Con sujeción al REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES, PASANTÍAS, AYUDANTÍAS DE CÁTEDRA O DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO, aprobado por Consejo Universitario con fecha 16 de abril de 2019, mediante Resolución No. 0106-CU-16-04-2019, en su artículo 25, concerniente a “Del procedimiento para la ejecución de las ayudantías de cátedra o de investigación”, literal c, que determina “El Subdecanato, una vez conocido los requerimientos de ayudantes de cátedra y de investigación, realizará la convocatoria en las siguientes 48 horas laborables”. El Subdecanato de la Facultad de la Facultad de Ciencias de la Educación Humanas y Tecnologías, Convoca al proceso de selección de estudiantes para atender las necesidades de ayudantía de cátedra o de investigación de las carreras, conforme el siguiente detalle: