SEGUNDA CONVOCATORIA PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD AÑO 2025

La Dirección de Vinculación con la Sociedad del Vicerrectorado de Investigación, Vinculación y Posgrado de la Universidad Nacional de Chimborazo, en uso de las atribuciones conferidas en el Estatuto Institucional:

 

CONVOCA

Al personal académico de la Universidad Nacional de Chimborazo a presentar propuestas de proyectos de vinculación a ejecutarse a partir del ejercicio fiscal 2025.

 

ASPECTOS GENERALES

Antecedentes

  1. La Dirección de Vinculación con la Sociedad (DVCS), en el Plan de Vinculación 2022 – 2026, aprobado mediante resolución No. 0271-CU- UNACH-SE-ORD-13-07-2023, contempla estrategias y acciones tendientes a alcanzar las metas a nivel estratégico, táctico y operativo derivadas del Plan Estratégico Institucional (PEI), mismas que están ligadas directamente a la implementación de programas y proyectos de vinculación que respondan a los problemas y necesidades de la sociedad, enmarcados en objetivos de desarrollo territorial a escala local, zonal, nacional e internacional.
  2. Del Plan de Vinculación 2022 – 2026 se desprenden los programas de vinculación   aprobados   mediante   resolución   No.   168-CIV-21-07-2023, concebidos a partir de la identificación de estrategias y acciones de naturaleza similar. Estos programas permitirán agrupar proyectos de vinculación de las distintas unidades académicas de la Universidad Nacional de Chimborazo (Unach) que compartan finalidades comunes en torno a brindar soluciones desde la academia a las problemáticas que abordan los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
  3. Mediante resolución No. 0314-CU-UNACH-SE-ORD-09-10-08-2023, se conciben las Líneas de Intervención de la Unach, en base a la articulación de los dominios institucionales, áreas del cocimiento y líneas de investigación, a través de las cuales se podrán plantear acciones de intervención en los proyectos de vinculación vigentes y futuros.
  4. Con resolución No. 0345-CU-UNACH-SE-ORD-20/21-09-2023, se aprueba la reforma al Reglamento de Vinculación con la Sociedad de la Universidad Nacional de Chimborazo, instrumento que establece la base normativa y parámetros para la presente convocatoria.

 

Fundamento Legal

  1. La Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) en su Art. 87 establece: “(…) Como requisito previo a la obtención del grado académico, los y las estudiantes deberán acreditar servicios a la comunidad mediante programas, proyectos de vinculación con la sociedad, prácticas o pasantías preprofesionales con el debido acompañamiento pedagógico, en los campos de su especialidad. (…)”
  2. El Reglamento de Régimen Académico (RRA) expedido por el Consejo de Educación Superior (CES), en su Artículo 42 determina: “Prácticas preprofesionales en las carreras de tercer nivel. – (…) Las prácticas preprofesionales  se  subdividen  en  dos  (2)  componentes:  a)  Prácticas laborales, de naturaleza profesional en contextos reales de aplicación; y, b) Prácticas de servicio comunitario, cuya naturaleza es la atención a personas, grupos o contextos de vulnerabilidad. Las prácticas preprofesionales podrán realizarse a lo largo de toda la formación de la carrera, de forma continua o no; mediante planes, programas y/o proyectos cuyo alcance será definido por la IES. (…)”
  3. El RRA del CES, en el Artículo 44 dispone: “Realización de las prácticas preprofesionales. – Los planes, programas y/o proyectos para las prácticas preprofesionales de cada carrera podrán ser desarrollados contando con la participación de los diferentes sectores de la sociedad, según los mecanismos establecidos por cada IES. (…). Los planes, programas y/o proyectos de prácticas preprofesionales (incluyendo las de servicio comunitario) deberán ser coordinados, monitoreados o evaluados por personal académico o personal de apoyo académico, de acuerdo con la planificación de la IES.”
  4. El RRA del CES, en el Artículo 47 establece: “Prácticas de cuarto nivel. – Los programas de cuarto nivel, dependiendo de su carácter y requerimientos formativos, podrán incorporar horas y/o créditos de prácticas previos a la obtención de la respectiva titulación. Las IES podrán establecer planes, programas y/o proyectos de prácticas profesionales que articulen el tercer y cuarto nivel de formación.”
  5. El Estatuto de la Universidad Nacional de Chimborazo (UNACH), en su Art. 144 establece entre los deberes y atribuciones de la Dirección de Vinculación con la Sociedad “(…) Emitir directrices con el fin que los indicadores de vinculación con la sociedad se refieran a la contribución de las instituciones a la solución de los problemas sociales, ambientales y productivos, con especial atención en los grupos vulnerables; (…)”
  6. El Reglamento de Vinculación de la UNACH, en el Artículo 4 establece que los proyectos de vinculación son “(..) conjunto de acciones sociales, artísticas, productivas y empresariales articuladas a la docencia e investigación, que se desarrollan de manera coordinada con los diferentes actores; y con el propósito de dar propuestas de solución a los problemas de los grupos de atención prioritaria que presentan diferentes niveles de vulnerabilidad y la sociedad en general, mediante estrategias de acción participativa. Existen tres tipos de proyectos de vinculación según su formulación u origen: a. Los que se deriven de las convocatorias institucionales; b. Los que generen las carreras, en atención a pedidos puntuales de las organizaciones sociales; y, c. Aquellos que se articulen con los proyectos de investigación.”
  7. El Reglamento de Vinculación de la UNACH, en el Artículo 24 determina: “Los proyectos podrán ser formulados por el personal académico titular y no titular de la UNACH con horas para el desarrollo de actividades de vinculación, en atención a los requerimientos de sectores urbano- marginados y rurales, privilegiando a los grupos de atención prioritaria”.

 

DE LA PROPUESTA

De la presentación del proyecto

  1. Las propuestas de proyectos de vinculación deben desarrollarse conforme al formato definido por la DVCS (FORMATO PROYECTO) siguiendo la metodología   desarrollada   para   el   efecto   (GUIA   METODOLOGICA FORMULACION DE PROYECTOS);
  2. El proyecto propuesto debe enmarcarse en alguno de los programas institucionales de vinculación aprobados (PROGRAMAS INSTITUCIONALES DE VINCULACION); así como en al menos una de las líneas de intervención institucionales  (LINEAS  DE  INTERVENCION),  y  contar  con  la  validación respectiva por parte de las carreras/programas participantes; y,
  3. La documentación de las propuestas se recibirá en digital vía correo electrónico de la DVCS (vinculacion@unach.edu.ec), que incluye:
  1. Oficio de presentación del proyecto, dirigido al/a Director/a de Vinculación con la Sociedad, firmado por el/la directora/a del proyecto;
  2. Propuesta del proyecto de vinculación;
  3. Oficio de pertinencia suscrito por el/la directora/a de la/s carrera/s participante/s, o el coordinador/a del/los programa/s de posgrado participante/s;
  4. Certificado/s de operador/es de compras públicas del director/a y/o subdirector/a del proyecto;
  5. Resolución de aprobación o de cierre del proyecto de investigación, en caso de proyectos derivados de proyectos de investigación; y,
  6. Presentación del Instrumento de cooperación que acompaña la propuesta del proyecto.
  7. Carta/s compromiso del/ colaborador/es externo/s, de ser el caso.

Del equipo del proyecto

  1. El equipo inicial del proyecto debe conformarse por al menos un director/a y un subdirector/a, para lo que se recomienda que uno de ellos sea docente titular de la institución. En caso de que los 2 sean de contrato deberán estar vinculados a la Institución por al menos un año consecutivo y uno de ellos contar  con  contrato  continuo;  además  deberá  designarse  al  menos  3 docentes tutores.
  2. En caso de que el proyecto prevea financiamiento de “inversión”, necesariamente el/la director/a debe ser un/a docente titular de la institución que asegure las gestiones pertinentes del proyecto ante la secretaria nacional de Planificación;
  3. El director y subdirector del proyecto deben estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones en cuanto a las actividades de vinculación;
  4. El subdirector subrogará al director ante su ausencia temporal o definitiva;
  5. Es necesario que el director y/o subdirector estén acreditados ante el SERCOP como operador para contratación pública, por cuanto participarán activamente en los procesos de adquisiciones de recursos contemplados en su proyecto de vinculación;
  6. Se puede considerar la participación de colaboradores externos, para lo cual cada colaborador externo deberá presentar una carta compromiso (FORMATO CARTA COMPROMISO), se podrá prever máximo 4 colaboradores externos por proyecto;
  7. Se podrá incorporar la participación de colaboradores externos de origen internacional, conforme a su formación académica y/o experticia en la temática de la propuesta con el fin de promover la participación de actores y/o instituciones internacionales y obtener el intercambio de experiencias; para justificar la internacionalización del proyecto;

De los beneficiarios del proyecto

  1. Preferentemente, los beneficiarios de los proyectos de vinculación que contemplen componente/s comunitario/s, deben pertenecer a sectores urbano-marginales, rurales y/o históricamente excluidos, ubicados dentro de la zona de influencia de la UNACH (zona 3);
  2. Igualmente, los proyectos de vinculación que contemplen componente/s comunitario/s, deberán enfocar sus esfuerzos de intervención en al menos uno de los siguientes grupos de atención prioritaria:
  1. Personas adultas mayores;
  2. Niñas, niños y adolescentes;
  3. Mujeres embarazadas;
  4. Personas con discapacidad;
  5. Personas privadas de libertad;
  6. Personas con enfermedades catastróficas o de alta complejidad;
  7. Personas en situación de riesgo;
  8. Víctimas de violencia infantil, doméstica y/o sexual;
  9. Víctimas de desastres naturales o antropogénicos;
  10. Pueblos y nacionalidades;
  11. Personas diversas por su identidad de sexo, género y orientación sexual; y,
  12. MIPYMES y/o actores de la economía popular y solidaria.

 

De la articulación

  1. Los proyectos de vinculación pueden derivarse de proyectos de investigación vigentes o cerrados, para lo cual se requiere dejar constancia en el documento del proyecto, el nombre del proyecto de investigación del que se deriva y adjuntar la respectiva resolución de aprobación o de cierre;
  2. A su vez, los proyectos de vinculación pueden contemplar uno o más componentes de investigación, para lo cual se requiere dejar constancia en el documento del proyecto, el nombre del/los componentes/s de investigación, línea/s de investigación, descripción del problema de investigación, metodología de investigación (métodos, técnicas e instrumentos), productos y su correspondiente estructura dentro del marco lógico del proyecto. Dicho/s componente/s será/n sometido a validación ante la Dirección de Investigación;
  3. Las propuestas pueden considerar la generación de temas de titulación, y registrarlos conforme las directrices emitidas por la Dirección Académica.
  4. Además, pueden derivarse de temas de investigación formativa y/o temas de investigación de titulación.

 

De los resultados esperados

 

a. A nivel interno, los resultados esperados de los proyectos de vinculación deben considerar al menos uno de los siguientes:

  1. Prácticas preprofesionales – componente comunitario.
  2. Trabajos de titulación.
  3. Eventos de educación continua.
  4. Actividades de vinculación de posgrado.
  5. Producción científica, modelos de utilidad, marcas, patentes, variedades vegetales, conocimientos tradicionales, derechos de autor u obras artísticas.

 

b. A nivel externo, los resultados esperados deberán ir en concordancia con el impacto que se prevé generar en la población beneficiaria, y se definirán en los indicadores de los componentes y/o actividades del proyecto.

 

Del presupuesto y cronograma del proyecto.

  1. El presupuesto del proyecto deberá ser de hasta 20.000,00 USD por año, distribuido entre los distintos componentes y actividades del proyecto;
  2. Los rubros que se presupuesten en los proyectos deben constar en las partidas presupuestarias consideradas en el clasificador presupuestario vigente, aprobado por el ministerio de finanzas (CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO);
  3. Se deberá respaldar el valor presupuestado del proyecto adjuntando al menos una proforma por rubro;
  4. En el caso de proyectos articulados con investigación, se podrá solicitar a la Dirección de Investigación el financiamiento de los rubros relacionados con publicaciones derivadas del proyecto siempre que cumpla con lo establecido en el Reglamento para el otorgamiento de becas, licencias, comisiones de servicio y período sabático, destinados al perfeccionamiento del personal académico de la Universidad Nacional de Chimborazo; este rubro no formará parte del límite presupuestario expuesto en el literal a) de este apartado;
  5. Las propuestas, además, podrán contemplar financiamiento externo, mismo que deberá declararse en el presupuesto del proyecto y no formará parte del límite presupuestario expuesto en el literal a) de este apartado (2.6);
  6. Los rubros relacionados con movilización, viáticos y subsistencias se coordinarán con las dependencias internas correspondientes, y no formarán parte del presupuesto efectivo del proyecto;
  7. Se podrá considerar en calidad de “presupuesto valorado” del proyecto los recursos humanos, técnicos, tecnológicos, insumos y demás recursos con los que actualmente cuenta la UNACH, mismos que deben valorarse dentro del presupuesto del proyecto y no formarán parte del límite presupuestario expuesto en el literal a) de este apartado (2.6);
  8. El financiamiento de los proyectos estará condicionado a la disponibilidad y techo presupuestario asignado a la DVCS; y,
  9. Los proyectos deberán considerar una duración máxima de 4 períodos académicos comprendidos entre el 2024 2S y el 2026 2S (2 años).

De las estrategias de ejecución y seguimiento.

  1. Para la fase de ejecución, la propuesta debe prever la suscripción de un instrumento de cooperación con algún aliado estratégico que represente a los beneficiarios del proyecto, conforme las directrices dadas por la Coordinación de Relaciones Nacionales e Internacionales (REGLAMENTO DE COOPERACIÓN);
  2. En caso de proyectos relacionados con áreas de la Salud, que involucren la obtención, procesamiento y manipulación de datos y muestras de seres humanos, considerar que se requiere la aprobación de un Comité de Ética de Investigación en Seres Humanos (CEISH), la misma debe ser presentada previo a la ejecución del proyecto o componente que lo requiera; y,
  3. Hay que considerar que, para la fase de seguimiento, los Directores de proyectos deberán cumplir con la metodología y formatos previstos por la DVCS, conforme lo planteado en el programa de vinculación institucional al que se alinea el proyecto.

DE LA REVISIÓN

Verificación de Requisitos de elegibilidad

  1. La verificación de requisitos estará a cargo de la DVCS;
  2. Para la verificación de requisitos, se tomarán en cuenta únicamente las propuestas recibidas dentro del plazo establecido en el cronograma de la presente convocatoria, y que tengan la documentación completa según lo requerido en el literal c) del apartado 2.1;
  3. Se dará mayor prioridad a proyectos que prevean intervención a grupos prioritarios con doble vulnerabilidad o más;
  4. A los proyectos que garanticen y evidencien una cobertura territorial que alcance las demás provincias de la zona 3, y/o un número considerable de cantones y parroquias de la provincia de Chimborazo (mínimo 5 o más) se les reconocerá como puntaje dentro del parámetro establecido;
  5. A los proyectos que garanticen y evidencien la asignación de recursos externos (cooperación internacional), se les reconocerá dicha gestión como puntaje dentro del parámetro establecido;
  6. A los proyectos que garanticen y evidencien la participación de actores y/o instituciones internacionales (enfoque de internacionalización), se les reconocerá dicha gestión como puntaje dentro del parámetro establecido;
  7. En el caso de proyectos con componente/s de investigación, se enviarán a la Dirección de Investigación para la validación de tal/es componente/s, dicha validación se reconocerá como puntaje dentro del parámetro establecido; y,
  8. Las propuestas que superen la fase de verificación de requisitos serán las únicas que se consideren para la fase de revisión técnica y metodológica.

Revisión técnica

a)La revisión técnica consiste en la evaluación de aspectos de fondo de la propuesta, se calificará sobre 100 puntos conforme los parámetros, metodología y formatos definidos por la DVCS, y será el equivalente al 50% del puntaje final;

b)Para la revisión técnica, la Dirección de Vinculación con la Sociedad, conformará comisiones especializadas con profesionales cuya formación y/o experticia sea afín a la temática de los proyectos. Cada comisión estará integrada por:

  1. Un responsable de vinculación de facultad, quien presidirá la comisión;
  2. Un docente interno o externo afín a la temática del proyecto (asignaturas relacionadas);
  3. Un docente investigador Interno o Externo (que participe en grupos o centros de investigación que forme parte de un proyecto de investigación afín a la temática);

c)Los parámetros para la revisión técnica son:

  1. Consistencia de la relación título, propósito (marco lógico), impacto esperado;
  2. Pertinencia y claridad en la descripción de la problemática a abordar;
  3. Calidad y utilidad de la información de la línea de base con relación a los indicadores planteados en el marco lógico;
  4. Aplicabilidad de los componentes y actividades planteadas en el marco lógico, y coherencia con el propósito y fin del proyecto;
  5. Factibilidad de ejecutar la propuesta conforme el equipo del proyecto y las estrategias de ejecución consideradas; y,
  6. Descripción de componentes y actividades que evidencien que se trata de un proyecto de vinculación.

Revisión metodológica.

 

a) La revisión metodológica consiste en la evaluación de aspectos de forma de la propuesta, se calificará sobre 100 puntos conforme los parámetros, metodología y formatos definidos por la DVCS, y será el equivalente al 50% del puntaje final;

b)La revisión metodológica estará a cargo del analista de la DVCS designado;

c)Los parámetros para la revisión metodológica son:

  1. Pertinencia de la alineación del proyecto con objetivos de desarrollo a escala internacional, nacional, regional, local, institucional, programas de vinculación y líneas de intervención;
  2. Coherencia entre las carreras de grado/programas de posgrado con los componentes y actividades planteadas en la matriz marco lógico del proyecto;
  3. Lógica horizontal y vertical de la matriz de marco lógico del proyecto;
  4. Planteamiento de indicadores considerando la estructura básica: cantidad, calidad y tiempo, que sea pertinente a la línea base del proyecto.
  5. Sintaxis y ortografía del documento;
  6. Participación internacional;
  7. Pertinencia de los miembros del equipo con relación al proyecto;
  8. Cobertura del proyecto; y
  9. Beneficiarios del proyecto.

 

DE LA SELECCIÓN, APROBACIÓN Y NOTIFICACIÓN.

  1. Las propuestas que hayan alcanzado un puntaje final mínimo de 80 puntos serán  consideradas  para  la  etapa  de  selección;  entre  las  cuales,  se conformará un listado ordenado en función del puntaje obtenido, y se llevará ante la Comisión de Investigación y Vinculación para la selección de los proyectos ganadores;
  2. En el caso que dos o más propuestas hayan obtenido igual puntaje, se considerara como criterios dirimentes la cobertura territorial y el número de beneficiarios directos del proyecto;
  3. La Comisión de Investigación y Vinculación emitirá la respectiva resolución de aprobación de los proyectos ganadores;
  4. Los resultados de la selección y la respectiva resolución de aprobación de proyectos ganadores, serán remitidos a los postulantes vía correo electrónico en las fechas definidos en el cronograma de esta convocatoria;
  5. Los resultados de la selección de proyectos son inapelables;
  6. Una vez notificada la resolución de aprobación para los proyectos con presupuesto efectivo, deberán iniciar el trámite respectivo para la inclusión de su proyecto en el PAPP de la DVCS, y,
  7. Los postulantes de proyectos que no hayan sido seleccionados podrán solicitar por escrito los respectivos informes de revisión, con la finalidad de retroalimentar y mejorar la propuesta para una futura postulación.

 

 

CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

 

Actividades Fechas
Lanzamiento de la convocatoria 12 de septiembre de 2024
Capacitación al personal docente en la formulación de proyectos de vinculación,

origen convocatorio.

16 y 17 de septiembre de 2024
Recepción de propuestas de proyectos Hasta el 30 de septiembre de 2024
Verificación de requisitos Hasta el 4 de octubre de 2024
Revisión técnica Hasta el 18 de octubre de 2024
Revisión metodológica Hasta el 18 de octubre de 2024
Reporte de proyectos elegibles Hasta el 23 de octubre de 2024
Selección y aprobación de proyectos

ganadores

Hasta el 31de octubre de 2024
Notificación de proyectos ganadores Hasta el 6 de noviembre de 2024
Fase preoperatoria Hasta el 28 de marzo de 2025
Inicio de la ejecución de los proyectos 2025 1S